Chile autoriza operar salas de juego en cruceros

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6 febrero, 2012 Deja un comentario

Ya fue publicado en el Diario Oficial el reglamento que determina el proceso de inscripción de las naves en el registro que debe llevar la Superintendencia de Casinos de Juego (SCJ) para poder autorizar su operación en aguas…

Ya fue publicado en el Diario Oficial el reglamento que determina el proceso de inscripción de las naves en el registro que debe llevar la Superintendencia de Casinos de Juego (SCJ) para poder autorizar su operación en aguas chilenas.

Tras la aprobación de la ley de cruceros, que permite a las embarcaciones marítimas mayores extranjeras abrir sus salas de juego a bordo en aguas territoriales, la solicitud de autorización y toda la documentación requerida, deberá presentarse con 30 días de anticipación al inicio de la explotación de los juegos de azar en aguas sometidas a la jurisdicción nacional, en las oficinas de la Superintendencia de Casinos y Juegos.

Al respecto, la subsecretaria de Turismo, Jacqueline Plass, explicó que «se trata del reglamento que da luz verde a las embarcaciones extranjeras para inscribirse en el registro que exige la ley de casinos 19.995 y que permite operar sus salas de juego en territorio chileno».

De acuerdo a la publicación del portal elmostrador.cl, la apertura de las salas será autorizada además bajo ciertas condiciones, por ejemplo, «abrir los casinos a tres millas del puerto, realizar un trayecto de a lo menos 500 millas náuticas y permanecer al menos tres días en el país».

Por su parte, el superintendente de Casinos de Juego (SCJ), Francisco Javier Leiva, explicó que «en el sitio www.scj.cl se encuentra disponible el formulario de solicitud de Operación de Juegos de Azar en Naves Mercantes Mayores Extranjeras en el que se deberán completar antecedentes del propietario y del armador de la nave, del operador de los juegos de azar y del circuito turístico, entre otros».

Las naves deben cumplir con ciertos requisitos y condiciones, tales como contar con servicios de hotelería y tener entre sus funciones el transporte de pasajeros con fines turísticos, tener la autorización para navegar en aguas sometidas a la jurisdicción nacional y encontrarse navegando y no detenidas en puertos chilenos.



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