Dictan tres meses como medida de coerción

Apresan individuo dio falsa alarma de bomba en el AILA el 30 de junio

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3 julio, 2014 Deja un comentario

Tras haber dado una falsa alarma de bomba en el vuelo DL 514 de la Aerolínea Delta, que pretendía despegar del Aeropuerto Internacional de las Américas con destino a la ciudad de Nueva York, las autoridades delDepartamento Nacional de Investigaciones (DNI), informaron el apresamiento y sometimiento a la justicia del dominicano Rubén Manuel Ciprián Toribio, a quien le fueron dictados tres meses de prisión preventiva.

El arresto se produjo durante un operativo efectuado en el hotel Barceló Punta Cana, por miembros de la Unidad de Antiterrorismo del Directorio de Contrainteligencia del DNI, quienes llevaron a cabo la investigación tras recibir la información del Cuerpo Especializado en Seguridad Aeroportuaria y de la Aviación Civil (CESAC).

Las investigaciones arrojaron que a las 03:08 horas del 30 de junio 2014 Rubén Ciprián  se comunicó con una amiga identificada como la persona que le gestionó mediante conferencia el contacto con el aeropuerto, produciéndose la alerta “ANAR ERIC ADLER, DELTA 514, ESO ES UNA BOMBA”, refiriéndose al ciudadano americano quien es su pareja sentimental y con quien compartía habitación en el referido hotel, donde sostuvieron un enfrentamiento,  lo que produjo que ANAR ERIC ADLER, se marchara.

Fue entonces cuando Ciprián  en represalia decidiera ponerse en contacto con las autoridades del AILA, con el interés de se detuviera al acusado por presuntamente por querer detonar una bomba en dicha terminal aérea produciéndose la falsa alarma,  que activó inmediatamente los organismo de seguridad del Estado.

Luego de determinar el origen, numero y domicilio de registro de la llamada inmediatamente se procedió a enviar un equipo de ubicación y reconocimiento a dicha dirección. Los involucrados fueron sometidos a la acción de la justicia conociéndole medida de coerción.

Las autoridades del DNI, fueron enfáticos en plantear que estas llamadas molestosas y que ponen en riesgo las operaciones de las terminales aéreas son castigadas por el Código Procesal Penal  por estipularse las misma de carácter  de seguridad nacional como internacional, ya que inmediatamente se produce una información de este tipo se aplican procedimiento en los dos aeropuertos (de salida y llegada).

Este caso se pudo mantener herméticamente cerrado con la finalidad de no llevar preocupación y pánico a los pasajeros y turistas que cada día ingresan y salen de territorio dominicano.



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